Legalmente las donaciones de un piso de los padres en favor a sus hijos tienen un tratamiento especial en relación a otro tipo de donaciones, tanto en las consecuencias como en los impuestos que acarrea la transacción. Los beneficios fiscales que puede llevar consigo la donación de un piso a un hijo depende de cada comunidad autónoma y, siempre deben cumplirse una serie de requisitos.
En este artículo queremos ayudarte a conocer de manera general cómo debería realizarse la donación de una vivienda a un hijo para cumplir con todas las obligaciones legales y poder de esta manera beneficiarte de las bonificaciones existentes. Cada comunidad autónoma cuenta con su propia legislación y cada situación y donación es distinta, por ello, en Easyabogado recomendamos contratar un abogado especializado que ofrezca asesoramiento legal para asegurar que se cumplen todos los requisitos. En nuestra plataforma podrás dejarnos tu caso y nuestros abogados se pondrán en contacto contigo para ofrecerte asesoramiento.
A la hora de donar un piso a un hijo es importante seguir una serie de pasos para cumplir con todas las obligaciones fiscales. Desde Easyabogado recomendamos contratar un abogado especializado en herencias y donaciones que asesore de la manera correcta de llevar la donación para asegurarnos de cumplir con las obligaciones fiscales y evitar futuras consecuencias.
El primer paso para la donación será recopilar toda la documentación relativa al inmueble que se va a donar. Esta documentación puede englobar desde la escritura de la propiedad hasta los certificados de deudas y cargas. Además, para tener en cuenta los impuestos y tasas que están asociados a la donación es importante conocer el valor de la vivienda en el mercado actual. Como hemos comentado cada comunidad autónoma tiene una serie de requisitos para las bonificaciones, por ello, es importante contar con la ayuda de un experto que nos permita optimizar la transacción desde el punto de vista fiscal.
Tanto el donatario como el donante deben acudir al notario para formalizar la donación. En esta situación el notario se encargará de redactar la escritura de la donación y de registrarla en el Registro de la Propiedad. En cuanto a la redacción de la escritura de la donación es posible incluir cláusulas y condiciones, estas deben ser escritas por el notario y aceptadas por ambas partes.
Las donaciones están reguladas por las comunidades autónomas, por lo que no se puede generalizar para todo el territorio y dependerá de las normas que disponga cada legislación autonómica. Sin embargo, siempre hay unas pautas comunes para todas ellas.
El primer factor es que la donación siempre deberá constar en escritura pública formalizada ante notario. Una donación puede realizarse con documento privado, pero para acogerse a las bonificaciones y reducciones es necesario que se realice en documento público.
En dicha escritura siempre debe constar el bien que se dona y, también, si el inmueble se dona con la intención de que se destine a vivienda habitual. En este último caso, para considerar el bien la vivienda habitual se deben cumplir una serie de requisitos, entre los que se encuentran los siguientes:
El donatario no debe tener vivienda habitual
El donatario debe habitar la vivienda de forma permanente y continuada en un plazo de 12 meses desde la donación
La vivienda debe considerarse su vivienda habitual por al menos 3 años
Además, para que la donación tenga efectos legales debe estar firmada por ambas partes; donante y donatario.
Para llevar a cabo la donación es importante que tanto el donante como el destinatario sean mayores de edad y se encuentren en pleno uso de sus facultades mentales. Además, se tiene que tener en cuenta el derecho a las legítimas del resto de herederos, en el caso de que los hubiera.
La donación de una vivienda está sujeta a una serie de impuestos y tasas que varían dependiendo de la legislación de cada comunidad autónoma.
El primer impuesto que debe abonarse es el impuesto de donaciones, es responsabilidad del hijo en un plazo de 30 días desde la donación. El porcentaje y la base varían según la comunidad autónoma.
Por otro lado, habría que abonar la plusvalía, es decir, el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
La elección entre donar en vida o dejar la vivienda en herencia depende de una serie de factores. Las dos opciones acarrean una serie de obligaciones, pero también de beneficios. Cada situación es distinta y dependerá de cada caso la conveniencia de una donación o una herencia.
En cuanto a los impuestos, el impuesto de donaciones y la plusvalía tienen que abonarse tanto en la herencia como en la donación. Pero en el IRPF las donaciones deben declararse como ganancia patrimonial, mientras que las herencias están exentas de este impuesto.
De manera muy general, la compraventa es más beneficiosa para la persona que recibe el bien. En el caso de la compraventa el comprador tiene que abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y no tendría que abonar el resto de impuestos que hemos comentado en el caso de donaciones.
Pero entonces, será la parte vendedora la encargada de abonar la plusvalía de la vivienda, además de constar la ganancia patrimonial en la Declaración del IRPF.
Para conocer cuál de las dos opciones es mejor se debería revisar las bonificaciones y reducciones que ofrece cada comunidad autónoma para las donaciones y analizando cada situación concreta decidir cuál de las dos opciones es la más adecuada.
Como hemos comentado a lo largo del artículo, el proceso de donación de un piso a un hijo acarrea aspectos legales complejos que deben cumplirse y llevar a cabo de la manera adecuada. Además de ser necesario evaluar cada situación concreta para conocer la mejor manera de llevar a cabo la donación. Por ello, siempre es aconsejable contar con asesoramiento legal.
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