Cuando se vende un coche entre particulares es posible que no se lleven a cabo de manera adecuada todos los procedimientos y, que por lo tanto, el cambio de titularidad no se realice correctamente. Esta situación conlleva a que el vendedor siga siendo el titular del vehículo y responsable de todas las infracciones. En este artículo te contamos cuándo es responsable el vendedor y cuándo el comprador y cómo proceder.
Si tienes problemas con la venta de un vehículo o las infracciones ocurridas tras la venta, podrías necesitar consultar con un bufete de abogados que te asesore sobre tu situación concreta. En la plataforma Easyabogado encontrarás abogados expertos que pueden ayudarte.
Lo primero de todo es entender que las multas de un coche debe pagarlas la persona que ha cometido la infracción. En la práctica esta situación puede ser confusa y las responsabilidades pueden recaer en otras personas.
Cuando se comete una infracción y no se para el vehículo en el momento (por ejemplo, en un radar) la responsabilidad de la multa recae en el conductor registrado en ese vehículo. Si dicho conductor no es el responsable, podrá recurrir la multa de tráfico probando que era otra persona quien conducía el vehículo.
Las multas que se produzcan por documentación o mantenimiento son responsabilidad del titular del vehículo. Según la legislación española el titular del vehículo es el responsable del buen estado, de las revisiones periódicas y de tener los papeles en regla.
Por otro lado, las multas de estacionamiento son responsabilidad del conductor habitual registrado o del conductor que se identifique como responsable, en el caso de no existir serán responsabilidad del titular del vehículo.
Cuando se trata de un coche que se ha vendido y la infracción se produce antes de que se haya notificado el cambio de titularidad en la DGT, la persona que ha vendido el vehículo sigue siendo la responsable de la multa.
Si a una persona le llega una multa de un coche que ha vendido significa que en el proceso de compra-venta algo no se ha realizado correctamente y que de una manera u otra sigue constando como titular del vehículo.
El cambio de titularidad no se hace oficial hasta que no se comunica a la DGT, por lo tanto, si la infracción se ha producido antes del cambio de titularidad la persona sigue siendo responsable de la infracción y, por eso, le llegan las multas del vehículo.
Es posible que la DGT no haya actualizado los registros, en estos casos la multa ha llegado por error y habrá que notificar a la DGT para que le envíen la multa al nuevo titular del vehículo.
Lo primero que se debe realizar si llega una multa es comprobar la fecha de la multa y la fecha de la venta del vehículo. Si la multa es anterior a la venta, se es responsable de esa multa.
En el caso de que la infracción sea posterior a la venta se deberá comprobar la titularidad del vehículo. Es decir, acudir a la DGT o realizarlo online para comprobar quién tiene la titularidad del vehículo. Si la titularidad sigue siendo del vendedor, pero se comunicó el cambio se debería acudir a la DGT con toda la documentación (DNI, contrato de compra-venta, etc.) para notificar la situación ocurrida y poder recurrir la multa.
En el supuesto de que el comprador no haya realizado el cambio de titularidad del vehículo y haya llegado una multa al primer titular del vehículo, lo más sencillo es comunicarse con el comprador para informarle de la llegada de la multa y poder identificarlo como conductor de vehículo y, por lo tanto, responsable de la infracción.
Si te encuentras en esta situación y no sabes como actuar de manera correcta, puedes solicitar la ayuda de un abogado experto en tráfico que pueda aconsejar sobre los pasos correctos que se deben dar en cada situación.
Si el vendedor notifica la venta deja de tener la responsabilidad de las multas acarreadas a ese vehículo, pero este supuesto no exime al comprador de realizar el cambio de titularidad.
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