Recibir una herencia puede generar dudas, especialmente cuando se está casado. ¿El patrimonio heredado se comparte con la pareja? Es muy común que surja esta pregunta en estas situaciones. En este artículo te contamos qué aspectos debes tener en cuenta.
En algunos casos, la gestión de la herencia puede ser compleja, sobre todo si existen conflictos familiares. contar con asesoramiento personalizado puede ayudarte a tomar decisiones adecuadas y evitar problemas. En la plataforma web Easyabogado encontrarás abogados especializados que podrán orientarte durante todo el proceso.
Las herencias son bienes privativos por lo que el cónyuge no tendrá ningún derecho en cuanto a esta. La ley establece que las herencias y donaciones que reciba uno de los cónyuges no se integran en el patrimonio ganancial y son propiedad exclusiva del cónyuge que las ha recibido.
El cónyuge tendrá el derecho del uso y disfrute de los bienes aunque la propiedad sea exclusiva de la persona heredera. Esto ocurre cuando por ejemplo, se hereda una vivienda en la cual viven ambos cónyuges y, que por lo tanto, el cónyuge se beneficia indirectamente. En esta línea siempre dependerá de cada situación y de la decisión que tome la persona heredera.
Por otro lado, si junto con la herencia hay deudas la persona heredera deberá hacerle frente con su patrimonio, lo que puede afectar al patrimonio familiar y, por lo tanto, al cónyuge.
Para evitar conflictos y salvaguardar el patrimonio de ambos cónyuges, una opción recomendable es la firma de capitulaciones prenupciales o postnupciales. A través de este acuerdo, los cónyuges pueden establecer de antemano cómo se gestionarán los bienes heredados, adaptándolo a sus necesidades y al régimen económico que prefieran. Esto no solo brinda seguridad jurídica, sino que también previene posibles disputas en caso de separación o divorcio. Dado que estos acuerdos deben cumplir ciertos requisitos legales, puede ser una buena idea contar con el asesoramiento de un abogado especializado en herencias y derecho matrimonial, quien podrá guiar en el proceso y garantizar que todo quede bien definido.
Los bienes privativos son todos aquellos bienes que pertenecen a uno de los cónyuges en exclusividad, incluso si el matrimonio se ha establecido en régimen de gananciales.
El Código Civil establece que los bienes privativos son los bienes adquiridos antes del matrimonio, las herencias y donaciones, los bienes que hayan sido adquiridos con dinero privativo y las indemnizaciones por daños personales. Aunque estos bienes se consideran privativos es importante contar con documentación que acredite su naturaleza de privativos, sobre todo en caso de divorcio.
Por su parte, los bienes gananciales son todos aquellos ingresos y propiedades adquiridas durante el matrimonio y, que por lo tanto, forman parte de la economía familiar.
En principio en el derecho español el cónyuge no tiene derecho directo sobre la herencia que ha heredado su pareja. Sin embargo, en algunas situaciones podría beneficiarse o reclamar su parte.
Si se hereda dinero o un bien que se vende y el dinero se junta con el del patrimonio común, podría haber conflictos sobre la titularidad de cada parte del dinero. Por otra parte, si ese dinero se usa para comprar una vivienda familiar o mejorar algunas propiedades gananciales, el cónyuge podría reclamar parte de su valor. Además, si la pareja contribuye económicamente a la mejora o mantenimiento del bien, podría llegar a solicitar una compensación.
Por otro lado, si en el testamento se ha estipulado que los bienes heredados son para el matrimonio o se ha dejado una parte para la pareja, ambos cónyuges tendrán derecho a la herencia.
En un régimen de gananciales todos los bienes que se adquieren durante el matrimonio se consideran parte del patrimonio familiar y, por lo tanto, se comparten entre ambos cónyuges. Pero las herencias son una excepción a esta regla. Como hemos comentado las herencias y las donaciones son bienes privativos y, por lo tanto, no se reparten entre el matrimonio.
El Código Civil establece que cualquier bien heredado no se incorpora al patrimonio común pudiendo contemplar cualquier tipo de bien como dinero, inmuebles, acciones, etc.
En definitiva, recibir una herencia estando casado no implica que el cónyuge tenga derechos sobre ella, ya que el Código Civil considera las herencias bienes privativos. Sin embargo, la herencia puede tener impacto en la economía familiar y en el uso que se le dé a los bienes heredados.
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