Cuando una persona tiene un proyecto empresarial surgen dos figuras
legales: el autónomo y las sociedades. En ocasiones, se confunden ambas figuras
o no se conoce la existencia de las sociedades, pero la realidad es que tienen
una serie de diferencias que se deben tener en cuenta a la hora de decantarse
por una forma jurídica u otra.
La diferencia principal entre un autónomo y una sociedad es que al ejercer
la actividad como autónomo no hay diferencia entre el patrimonio
personal y empresarial. En cambio, en una sociedad se crea una
personalidad jurídica distinta de los socios y con patrimonio y
capacidad separados.
Esto quiere decir que un
autónomo responde de las deudas generadas por la actividad con todos sus
bienes, en cambio, en una sociedad se responde ante las deudas en proporción a
las aportaciones efectuadas.
Por otro lado, cuando
una persona quiere constituirse como autónomo se deberá dar de alta en
Hacienda y en la Seguridad Social. Por su parte, una sociedad
necesita acudir al notario y al Registro Mercantil, lo que supone que
pueda ser necesario contratar un
abogado especializado en la constitución de una sociedad que asesore y redacte los documentos
necesarios para la institución de la sociedad.
Otra diferencia reside en el capital
inicial. Para empezar una actividad como autónomo no es necesario
desembolsar dinero, en cambio, en una sociedad se debe aportar un
capital mínimo para que la sociedad pueda obtener un patrimonio
inicial.
Los aspectos relacionados con la fiscalidad y la contabilidad también son diferentes entre autónomos y sociedades. La cantidad de libros registros que debe presentar una sociedad son superiores a los que tiene que entregar una autónomo que necesita llevar una contabilidad básica.
En algunas situaciones, cuando una persona empieza su actividad empresarial
como autónomo es recomendable crear una sociedad. Existen una serie de
variables que pueden determinar esta situación.
Si el autónomo quiere
empezar a colaborar con otro autónomo la mejor manera es crear una
sociedad y convertirse en socios, ya que de esta manera, podrán
regular por escrito las obligaciones y responsabilidades de cada uno. En una
sociedad se distribuye el capital, porcentaje y obligaciones de cada uno y todo
debe estar registrado por escrito, por lo que en el futuro los problemas se
disminuyen.
Cuando los ingresos
empiezan a aumentar y, con estos la cantidad en los pagos a los proveedores, la
mejor manera de proteger el patrimonio es creando una
sociedad. Esto básicamente se produce por la responsabilidad que comentábamos
al principio.
En una sociedad la responsabilidad está limitada al capital aportado,
mientras que como autónomo no ocurre de esta manera. En la misma línea, cuando
los beneficios son altos en ámbitos fiscales los pagos de impuestos son
inferiores como sociedad en relación al porcentaje que se debe pagar
como autónomo.
Al igual que ocurre con
los proveedores, cuando se tienen empleados también se pueden contraer deudas
con estos, por lo que una sociedad es la mejor manera de proteger el
patrimonio.
Resumiendo lo comentado,
al pasar de autónomo a sociedad el profesional se beneficia de los siguientes
factores:
·
Reducción de carga fiscal
·
Protección del patrimonio personal
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