El divorcio consiste en la disolución legal de un matrimonio. Puede ser solicitado por mutuo acuerdo o por una de las partes y para formalizar la extinción de los derechos y obligaciones matrimoniales se realiza un proceso judicial.
Tipos de divorcio en España
En España pueden existir diferentes tipos de divorcio según cada caso. El divorcio de mutuo acuerdo se produce cuando ambos cónyuges presentan la demanda de manera conjunta o uno con el consentimiento del otro. Junto con la demanda se presenta la propuesta en la cual ambas partes han llegado a un acuerdo, es decir, las medidas que se regirán entre los cónyuges en el futuro. En dicha propuesta se marcan aspectos como el cuidado de los hijos, las visitas a los nietos y el cuidado de los animales de compañía entre otros. Dentro del divorcio de mutuo acuerdo, también existen tipos de divorcio:
Divorcio de mutuo acuerdo judicial ante el juez: en el caso de existir hijos menores, aunque el divorcio pueda ser de mutuo acuerdo tiene que celebrarse ante el juez.
Divorcio de mutuo acuerdo notarial (divorcio express): para este tipo de divorcio el matrimonio no puede tener hijos menores, se tramita ante notario e incluso los cónyuges pueden compartir abogado.
El divorcio contencioso es aquel divorcio que se produce cuando uno de los cónyuges presenta la demanda sin el consentimiento del otro. Este tipo de divorcio se produce cuando no hay acuerdo o uno de los cónyuges no desea el divorcio. En este caso el demandante presenta la demanda, el demandado tiene un plazo de 20 días para responder y una vez se han recabado los informes correspondientes el juez dicta la sentencia. En este caso cada una de las partes tiene que tener su propio abogado y procurador.
El procedimiento de divorcio se inicia con la solicitud a través de una demanda judicial en el Juzgado correspondiente. Aunque el procedimiento es similar en todos los divorcios, el proceso es distinto dependiendo del tipo de divorcio.
En el caso de presentar un divorcio de mutuo acuerdo, la pareja debe redactar el convenio regulador. Este documento recoge todos los acuerdos a los que llegan los cónyuges con respecto a los distintos aspectos como la custodia de los hijos, la división de los bienes gananciales o el uso de la vivienda familiar. Este convenio regulador deberá presentarse ante el juzgado correspondiente junto con la demanda.
El juez se encargará de citar a ambas partes para revisar el convenio regulador y asegurar que se ajusta a la ley y que se respetan los intereses de los hijos menores. La figura del abogado en esta fase es primordial para garantizar que el procedimiento se ajusta a la normativa. Si no hay ningún problema el juez dictará la sentencia y se registrará en el Registro Civil.
En el caso de los divorcios contenciosos, una vez que se ha presentado la demanda el juez notificará a la parte demandada que dispondrá de 20 días para presentar una contestación. El juez citará a ambas partes para que ambos puedan presentar sus argumentos y pruebas para respaldar su postura (testimonios, documentación financiera, etc.). Teniendo en cuenta los argumentos de ambas partes, el juez dictará la sentencia definiendo todos los asuntos que afectan a las partes.
Lo primero que se debe hacer ante un divorcio es contratar a un abogado. En el caso de mutuo acuerdo, las dos partes pueden contratar al mismo abogado si así lo desean. Este profesional se encargará de redactar todos los documentos que son necesarios para crear el convenio regulador, así como asesorar y guiar a la pareja durante todo el proceso velando por los derechos de los dos y de los hijos en caso de que existan.
En los divorcios contenciosos cada una de las partes necesitará su propio abogado para su representación y asesoramiento.
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